De: Carmen García Poveda
Fecha: Enero 2004
Origen: Noticias Jurídicas

La mayor parte de los problemas que se abordan en los procesos de filiación giran alrededor de cuestiones probatorias y del alcance de ciertas normas relativas a la determinación de la paternidad, que se concreta en algunos casos en la de que hasta qué punto rigen en los procesos de filiación las reglas formales de la carga de la prueba propias del proceso civil.

El principio de la carga de la prueba del artículo 1.214 del Cc. que rige en toda la mecánica probatoria de nuestro proceso civil y en lo que los de filiación no hacen excepción, es un instrumento formal para resolver la importante cuestión de quién debe probar ciertos hechos básicos de las pretensiones actuadas en el proceso.

Artículo Completo

Una respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.